Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación
UPB Montería

Ponemos a tu disposición nuestro formulario de Consulta Virtual para Inquietudes Jurídicas, que facilita el acceso desde tu casa y desde tu teléfono celular.

Formulario de Consulta Virtual para Inquietudes Jurídicas

Te invitamos a diligenciar los campos requeridos que son necesarios para que podamos abordar tu caso y darle una respuesta a la mayor brevedad posible.

 
Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación

La Universidad Pontificia Bolivariana Seccional Montería desde el Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación, con más de catorce años de funcionamiento y liderado por el programa de Derecho, presta un servicio social obligatorio de asesoría jurídica a personas de escasos recursos de la región, en las áreas del derecho civil, de familia, penal, laboral, público y comercial.

¿Quiénes pueden ser nuestros usuarios?

El usuario del Consultorio Jurídico y su Centro de Conciliación: análisis de su capacidad económica.

El usuario debe ser una persona natural de escasos recursos económicos. Artículo 30 Decreto 196 de 1971 modificado por la Ley 583 de 2000, artículo 1.

¿Cuáles son los mecanismos para determinar la capacidad económica de los usuarios?

Tal y como lo estipula el Artículo 1 de la ley 583 de 2000 “los estudiantes adscritos a los Consultorios Jurídicos de las Facultades de Derecho son abogados de pobres y como tales deberán verificar la capacidad económica de los usuarios”, toda vez que el objeto de los Consultorios Jurídicos y sus Centros de Conciliación, es el de prestar un servicio, esencialmente a personas de escasos recursos económicos.

Para determinar si se trá de una personas de escasos recursos económicos el Consultorio solicita:

  • Copia de la última factura de servicios públicos domiciliarios, sólo se atienden a las personas de estrato 1 y 2.
  • Copia del carné del Sisbén nivel 1 y 2.
  • Constancia de que es una persona desplazada emitida por autoridad competente.
  • Copia de la última colilla de pago de salario. Si el solicitante es empleado no podrá devengar más de dos salarios mínimos legales vigentes.

¿Cómo se solicita el servicio del Consultorio Jurídico y su Centro de Conciliación?

Debe solicitarse personalmente por el interesado en los horarios de lunes a viernes de 8:00 AM a 12 M  y de 2:00 PM a 6:00 PM sin necesidad de cita previa. Para la recepción de la solicitud del servicio, el Consultorio Jurídico y su Centro de Conciliación cuentan con la colaboración de los estudiantes y asesores en turno.

Nuestros servicios

  • Prestar asesoría a las personas que, dentro de los reglamentos del Consultorio y preceptos legales sobre el ejercicio de la profesión de abogado, lo requieran. Este servicio comprenderá la asistencia judicial y administrativa, en los asuntos para los cuales está autorizado por la ley, intra y extramurales.
  • Asistencia extrajudicial cuando se trata de consultas o diligencias judiciales y administrativas previas, cuando se consideren necesarias para la iniciación y desarrollo de los procesos.

Los servicios son prestados directamente por los estudiantes adscritos, orientados por el director, los monitores y los docentes asesores, todos en cabeza de un director general.

Los servicios se prestan exclusivamente a las personas que carezcan de recursos económicos para la contratación de abogados.

 

¿Qué es la conciliación?

Es un mecanismo a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.

¿Qué se puede conciliar?

Se podrán conciliar todos los asuntos que sean transables o desistibles en las áreas de Civil, Comercial y Familia.

¿Cuáles son las ventajas de la conciliación?

Las ventajas de utilizar nuestros servicios se resumen en:

  1. Rapidez, ya que son más ágiles los trámites en la conciliación en comparación con los exigidos en un juicio.
  2. Representa un costo menor, puesto que hay menos trámites que realizar respecto a una tramitación de un juicio, necesariamente no se requiere de un abogado, ni hay que pagar por una notificación o publicación en un periódico, entre otros.
  3. Fomenta el protagonismo de las partes, la participación, el diálogo, la colaboración, y el respeto mutuo, es decir, se está ante la cultura democrática y de los acuerdos.
  4. Toma en cuenta los intereses y realidades de las personas en conflicto.
  5. Los acuerdos a los que se llegan son más duraderos, pues las personas se comprometen voluntariamente en una solución (en un juicio la sentencia es impuesta y obligatoria).
  6. Disminuye los costos emocionales de un conflicto, porque casi siempre se logran acuerdos y no se busca destruir al otro. En un proceso judicial generalmente una sola de las partes gana y la otra pierde.
  7. Lo acordado tiene plena validez legal.
  8. De no lograrse el acuerdo, se cumple con el requisito de procedibilidad, exigencia legal previa para poder acudir a un juzgado.

¿Cómo solicitar una conciliación en el Consultorio Jurídico de la UPB Montería?

La solicitud de Conciliación puede ser verbal o escrita, se requiere dirigirse personalmente al Centro de Conciliación ubicado en la calle 26 N° 5-12 esquina centro.

  • El estudiante que recepciona la solicitud de conciliación, crea un expediente con la información requerida como lo son: Los hechos las pretensiones y la citación al convocado, la cual se envía por correo certificado servicio prestado de forma gratuita por la Universidad, notificando a la parte convocada que se va a realizar una audiencia de conciliación, se le explican los motivos y la fecha en la que debe asistir.

¿Qué temas se pueden conciliar?

Los temas que podemos conciliara son:

  • En área Civil Familia: fijación, Aumento, Exoneración de cuota alimentaria, Declaración Disolución y Liquidación de la Unión Marital.
  • En área Civil Comercial: Obligaciones título valor, Contratos de arriendo entre otros.
  • En área Civil: Accidentes de tránsito, responsabilidad contractual y extra contractual, siempre y cuando no superen los 40smlv.

¿Qué puede ocurrir el día de la audiencia de conciliación?

  • Que lleguen a un acuerdo generándose un Acta de Conciliación.
  • Que las partes asistan, pero no lleguen a un acuerdo se genera una constancia de no acuerdo.
  • Que no asista una de las partes, se genera una constancia de inasistencia.

Fijación de cuota alimentaria

  • Copia registro civil de nacimiento (menores).
  • Fotocopia de cedula.
  • Dirección  completa del convocado (s).

Aumento de cuota o disminución de cuota

  • Acta de conciliación o Sentencia donde se acordó la cuota alimentaria.
  • Registro civil del menor (es).
  • Fotocopia de cédula.
  • Dirección completa del convocado (s).

Exoneración de cuota alimentaria

  • Copia de acta donde se fijó el acuerdo o sentencia si se fijó a través de proceso.
  • Copia de registro civil del menor.

Declaración de unión marital de hecho y disolución y liquidación de la unión

  • Copia de registros de ambos.
  • Fotocopia de cédula de ambos.
  • Copia de registros civil de los menores (si los hay).
  • Copia de acta donde se declaró la U.M.H para el caso de la disolución.
  • Dirección completa del convocado (s).

Civil - obligación / Comercial

  • Copia de Certificado de Libertad y Tradición del Buen  Inmueble o copia de escritura pública si es por arriendo
  • Copia de contrato (si lo hay).
  • Dirección completa del convocado (s)
  • Copia de soporte de la obligación llámese letra, pago de canon, recibos de servicios públicos entre otros.

Responsabilidad civil contractual o extracontractual

  • Certificado de Cámara de Comercio para citar a persona jurídica.
  • Copia de historia clínica.
  • Copia del historial de los hechos si es por accidente.
  • Dirección completa del convocado (s).
  • Tarjeta de propiedad del vehículo y copia de Soat.
  • Fotocopia de cédula.

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Carmen Cecilia Diz Muñoz

Carmen Cecilia Diz Muñoz

Decana de Escuela de Derecho y Ciencias Sociales • Magister en Derecho Ambiental y SostenibilidadMontería
 
Jaclyn Ximena Carrillo Díaz

Jaclyn Ximena Carrillo Díaz

Especialista en Derecho Laboral • Directora del Consultorio JurídicoMontería
 
Fredy Antonio Arrieta Ramos

Fredy Antonio Arrieta Ramos

Magíster en Derecho • Director Centro de ConciliaciónMontería
 
Lia Paola Pitalua Salum

Lia Paola Pitalua Salum

Técnico del Consultorio JurídicoMontería

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